Pablo Fernandez Sanjuan • 3 de abril de 2020
No te den Gato por Liebre
GUIA FACIL PARA PEDIR UN ICO EN TU BANCO
Lo primero que debes tener en cuenta es que tienes que pedir en tu Banco, que condiciones debes tener y a que tienes derecho.
Has de Saber que el Gobierno ha establecido dos lineas ICO para financiar a las empresas en dificultades, estas lineas de crédito es muy importante sepas a cuales tienes derecho y con que condiciones.
Esta sería la información para tramitar las líneas especiales de financiación del ICO que a raíz de lo dispuesto en el RDL 8/2020 de 17 de marzo y su posterior desarrollo en la Resolución de 25 de marzo de 2020, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 24 de marzo de 2020, por el que se aprueban las características del primer tramo de la línea de avales del ICO para empresas y autónomos, para paliar los efectos económicos del COVID-19.
SE DISPONEN de dos lineas de ICO
ICO AVAL
ICO FINANCIACION
ICO AVAL
El ICO pone en marcha esta línea de avales, a raíz de lo dispuesto en el RD 8/2020 de 17 de marzo, con el fin de facilitar el mantenimiento del empleo y paliar los efectos económicos del COVID-19, teniendo como objetivo cubrir los nuevos préstamos y otras modalidades de financiación y las renovaciones concedidas por entidades financieras
- PYME 18 meses
- No PYME 12 meses.
1.- ¿Quién puede solicitarlo?
Las empresas y autónomos
tendrán acceso a estos avales a través de sus entidades financieras, mediante la formalización de nuevas operaciones de financiación o renovación de las existentes.
2.- ¿Qué podemos financiar con esta línea?
• Pagos de salarios
• Facturas
• Necesidad de circulante
• Otras necesidades de liquidez, incluyendo las derivadas de vencimientos de
obligaciones financieras o tributarias
3.- ¿Cuál es el Importe máximo por empresa que se puede avalar?
Para préstamos o renovaciones de hasta un máximo de 1,5 millones de euros en una o varias operaciones de préstamo a autónomos y empresas, se aplicarán las disposiciones específicas del Reglamento (UE) n ° 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis, cuando sea aplicable.
En este caso el principal de la operación de préstamo u otras modalidades de financiación según el régimen de minimis aplicable, hasta un máximo de 1.500.000€.
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4.- ¿Que cantidad Puedo pedir?
Los límites que la UE establece sobre el importe de la operación, según el Marco Temporal de Ayudas, para las operaciones con vencimiento posterior al 31.12.2020 son:
- Doble de la masa salarial en 2019, (incluyendo cotizaciones sociales y coste del personal de las subcontratas desempeñadas en las sedes).
- 25% de la facturación de 2019.
- PYME 18 meses
- No PYME 12 meses.
- Excepciones superiores condicionadas debidamente justificadas.
4.- ¿Qué Plazos tiene el aval?
El plazo del aval emitido coincidirá con el plazo de la operación, hasta un máximo de 5 años.
5.- ¿Cuál es el porcentaje máximo de cobertura del aval?
- En el caso de autónomos y pymes el aval garantizará el 80% del principal de las nuevas operaciones de financiación y de las renovaciones.
- Para el resto de empresas, que no tengan la consideración de pyme, el aval cubrirá el 70% en el caso de nuevas operaciones de préstamo y el 60% para renovaciones.
6.- ¿Qué coste tiene el aval?
La entidad financiera tiene la obligación de garantizar que los costes de las nuevas operaciones y renovaciones que se beneficien de estos avales se mantendrán en línea con los costes cargados antes del inicio de la crisis del COVID-19, teniendo en cuenta la garantía pública del aval y su coste de cobertura.
ATENCION A ESTE PUNTO PUESTO QUE NO SE ESTABLECE MAXIMO DE TIPO DE INTERES COMO SI OCURRE CON LA OTRA LIENEA ICO Y PUEDEN EXISTIR VARIACIONES SEGUN ENTIDADES ASI COMO REQUISITOS EXIGIDOS A ÚLTIMA HORA COMO SEGUROS DE VIDA A PRECIOS ABUSIVOS O SIMILAR.
SE ESTA NEGOCIANDO A DIA DE HOY LIMITAR EL TIPO DE INTERES MAXIMO , POSIBLEMENTE SERA A PARTIR DE LA SEMANA QUE ENTRA CUANDO SE ESTABLEZCAN LIMITES A ESTA LINEA PARA BANCOS (03/04/2020)
7.- ¿Dónde se puede solicitar?
Los autónomos y empresas
interesados en acogerse a esta línea deberán dirigirse a cualquiera de las entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito, entidades de pago o entidades de dinero electrónico que suscriban con el Instituto de Crédito Oficial los correspondientes contratos marco para participar en la Línea de Avales.
8.- ¿Qué operaciones pueden ser avaladas?
Nuevos préstamos y otras modalidades de financiación y renovaciones de operaciones otorgados a autónomos y empresas de todos los sectores de actividad
que tengan domicilio social en España y que se hayan visto afectados por los efectos económicos del COVID-19 siempre que, los préstamos y operaciones hayan sido formalizados o renovados a partir del 18 de marzo de 2020.
9.- ¿Hasta cuándo puedes solicitarlo?
Las entidades financieras pueden solicitar el aval para los préstamos y operaciones suscritas con autónomos y empresas formalizados o renovados a partir del 18 de marzo de 2020 y hasta el 30 de septiembre de 2020.
El plazo podrá ampliarse, siempre en línea con la normativa de Ayudas de Estado de la UE, por Acuerdo de Consejo de Ministros.
10.- ¿Qué requisitos hay que cumplir?
Los requisitos que deben cumplir las empresas y autónomos son:
- No figuren en situación de morosidad en la consulta a los ficheros de la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE) a 31 de diciembre de 2019.
- No estén sujetos a un procedimiento concursal a fecha de 17 de marzo de 2020, bien por haber presentado solicitud de declaración de concurso, o por darse las circunstancias a que se refiere el artículo 2.4 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, para que el concurso sea solicitado por sus acreedores.
- La financiación avalada no se podrá aplicar a la cancelación o amortización anticipada de deudas preexistentes.
ICO FINANCIACION
1.- ¿Quién puede solicitarlo?
Podrán ser destinatarios de la línea de financiación ampliada conforme a lo establecido en el artículo 12 del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, las empresas y autónomos con domicilio social en España que formalicen operaciones en la Línea “ICO Empresas y Emprendedores”, cuya actividad se encuadre en uno de los siguientes CNAEs:
(La lista de CNAE ,la pondremos al final del Blog, PERO BASICAMENTE SOLO LAS ACTIVIDADES DE HOSTELERIA Y TRANSPORTE Y ACTIVIDADES CONEXAS)
2.- ¿Qué requisitos hay qué cumplir?
En todo caso, las empresas y autónomos deberán cumplir los siguientes requisitos:
1.- No podrá figurar en situación de morosidad
en la consulta a ficheros de información sobre solvencia patrimonial y crédito que realicen las entidades financieras.
2.- No podrá estar incurso en un procedimiento de insolvencia
colectiva ni reunir los requisitos para encontrarse sometido a un procedimiento de insolvencia colectiva a petición de sus acreedores.
3.- No se podrá utilizar esta financiación para efectuar refinanciaciones anteriores o posteriores de otros préstamos con la Entidad Financiera.
¿Qué podemos financiar?
Los Conceptos financiables previstos para esta línea son las necesidades de liquidez
financiables a través de la Línea Empresas y Emprendedores. Así como los Proyectos
de digitalización y en particular los destinados a fomentar soluciones de
teletrabajo recogidos en el programa Acelera Pyme (Más Información)
5.- ¿Qué modalidad?
Estas líneas se conceden bajo la modalidad de Préstamo.
6.- ¿Qué Plazos?
Los plazos de amortización de las operaciones para los clientes serán de 1, 2, 3 o 4 años, con 1 año de carencia de principal.
7.- ¿A qué tipos y comisiones?
El tipo autorizado por el ICO para estas líneas de financiación es de 1,5% máximo incluidas las comisiones de las entidades financieras.
Comisiones y gastos:
La Entidad de Crédito podrá aplicar una comisión al inicio de la operación.
El coste para el cliente de esta comisión más el tipo de interés, no podrán superar la TAE máxima 1,5%.
Además podrá aplicarse una comisión de amortización anticipada voluntaria que, con carácter general, será del 1% sobre el importe cancelado.
No se aplicarán la comisión mencionada en el párrafo anterior a las operaciones que se encuentren dentro del ámbito de la Ley 41/2007, de regulación del mercado hipotecario, en cuyo caso la comisión a aplicar será la siguiente:
• Un 0,50% sobre el importe cancelado anticipadamente, si la amortización se produce
durante los 5 primeros años.
• Un 0,25% sobre el importe cancelado anticipadamente, si la amortización se produce a partir del quinto año.
En el supuesto de que el contrato se encuentre dentro del ámbito de aplicación de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, y las comisiones que resulten aplicables en virtud de lo determinado en este apartado fueran superiores a las establecidas en dicha Ley, será el banco quien fije la comisión o la compensación aplicable que cumpla con lo dispuesto en la Ley 5/2019.
8.- ¿En qué Entidades Financieras?
Entidades adheridas a la línea “ICO Empresas y Emprendedores” que formalicen contrato de garantía con ICO para la finalidad indicada. Y que a la fecha de publicación de esta Guía son:
• SANTANDER
• BBVA
• CAIXABANK
• BCC (GRUPO CAJAMAR)
• B. COOPERATIVO
• BANKINTER
• CAJA RURAL DE TERUEL
• LIBERBANK
• BANCO SABADELL
• CAJA RURAL DEL SUR
• CAJA RURAL DE NAVARRA • CAJA RURAL DE JAÉN
• CAJA RURAL DE ZAMORA • CAJA RURAL DE ASTURIAS • GLOBALCAJA
• CAJA RURAL DE ARAGÓN (BANTIERRA)
• CAJA RURAL DE GRANADA • UNICAJA
• ABANCA
La fecha máxima de formalización de operaciones con los clientes será el 31 de diciembre de 2020 o hasta agotar la línea.
CODIGOS DE CNAE PARA ESTE ICO
4931
Transporte terrestre urbano y suburbano de pasajeros.
4932
Transporte por taxi
4939
Tipos de transporte terrestre de pasajeros n.c.o.p.
511
Transporte aéreo de pasajeros.
5110
Transporte aéreo de pasajeros.
5221
Actividades anexas al transporte terrestre.
5222
Actividades anexas al transporte marítimo y por vías navegables interiores
5223
Actividades anexas al transporte aéreo
551Hoteles y alojamientos similares.
5510
Hoteles y alojamientos similares.
552Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia.
5520
Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia.
559
Otros alojamientos.
5590
Otros alojamientos.
56
Servicios de comidas y bebidas.
561
Restaurantes y puestos de comidas.
5610
Restaurantes y puestos de comidas.
5621
Provisión de comidas preparadas para eventos.
5629
Otros servicios de comidas.
7711
Alquiler de automóviles y vehículos de motor ligeros.
7721
Alquiler de artículos de ocio y deportes
7911
Actividades de las agencias de viajes.
7912
Actividades de los operadores turísticos.
799
Otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos.
7990
Otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos.
855
Otra educación
91
Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales
9004
Gestión de salas de espectáculos
9102
Actividades de museos
9103
Gestión de lugares y edificios históricos
9321
Actividades de los parques de atracciones y los parques temáticos.
9329
Otras actividades recreativas y de entretenimiento.

Autónomos y Pymes, esperaban con ansia, una regulación en materia de Alquileres que pudiera aliviar su situación de ahogo financiero en lo relativo a alquileres y una posible ayuda a los mismos. Con el RD 15/2020 de 22 de Abril, se adoptan medidas en este terreno, pero aunque pueden aliviar en parte su situación , tan sólo se procuran la posibilidad de una Moratoria, nada más. Las Ayudas al alquiler a fondo perdido, a modo de ayuda , no existen como tales ni tampoco se les espera por el momento. Según en cada caso , se podrá obligar al Arrendatario por parte del Inquilino a que acepte una moratoria y un aplazamiento de los alquileres a pagar en los siguientes dos años, pero el alquiler se seguirá debiendo.

Ante las multitudes de llamadas recibidas y de envíos de Wasap avisando sobre estas ayudas, pensamos que debido al alargamiento del confinamiento y cierre de vuestros negocios, cualquier noticia de esta índole crea expectativas que deseáis aprovechar. Y es que la Ayuda es bienvenida pero en la mayoría de casos no podréis acogeros a ella por el motivo que excluye a Autónomos que hayan solicitado el CESE DE ACTIVIDAD. La Mayoría de Autónomos, haciendo un esfuerzo de desde el primer momento de la crisis, tenéis tramitado el CESE DE ACTIVIDAD desde el 19 de Marzo de 2020 y sólo los que teníamos dudas para tramitarlo fue a partir del 01 de Abril de 2020 cuando se terminaron de solicitar por Falta de Facturación. A saber la mayoría de solicitudes han sido aceptadas y por tanto tendréis una prestación de 620€ como mínimo durante el periodo de Alarma. El CESE supondrá a su vez la compensación o no pago del autónomo durante periodo de alarma. Aquellos que se les cobro el autónomo y tienen el CESE , de oficio de devolverá el dinero.

Huawei promoverá el servicio de consultas médicas gratuitas de Savia entre sus canales Tras decretarse el estado de alarma, Savia –la plataforma de servicios de salud digital de Mapfre– comenzó a ofrecer servicios gratuitos a los ciudadanos, sean o no clientes. Ahora, con el objetivo de facilitar la telemedicina, Huawei ha ofrecido a Savia "su apoyo desinteresado" para difundir este servicio gratuito a través de todos sus canales y promoverlo entre los usuarios de AppGallery, su tienda de aplicaciones móviles. Savia cuenta con un cuadro médico digital formado por más de 200 profesionales, a los que hay que sumar otros 100 médicos voluntarios. Durante los primeros días de la crisis, el servicio de medicina general de Savia incrementó sus consultas más de un 70%. En cambio, en las últimas semanas, las consultas que más han crecido son las de psicología (+136%) y pediatría (+139%). Entre los temas más consultados están los relacionados con el protocolo de actuación ante el coronavirus para bebés y niños, la prevención en mayores dependientes o en personas con problemas respiratorios y su medicación, las consultas con psicólogos sobre cómo afrontar este periodo de reclusión e incertidumbre y los servicios de nutrición junto con los programas de ejercicio facilitados por los entrenadores personales.